Ley
General del Servicio Profesional Docente.
Por Helí
Herrera Hernández
Twitter:
HELIHERRERA.es
La madrugada de
este domingo termine de leer el proyecto
de la ley reglamentaria del artículo 3ero de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos que tiene como
objeto establecer el Servicio
Profesional Docente que precisa las bases para el desarrollo profesional
del personal docente y con funciones de dirección o de supervisión en la
educación básica y media superior que imparta el Estado y sus organismos
descentralizados.
En ella fija los criterios, términos y
condiciones de la evaluación
obligatoria para el ingreso, la
promoción, el reconocimiento y la permanencia
en el Servicio Profesional Docente, y que aquel maestro que no la
acepte será separado del servicio
público, sin responsabilidad para la
autoridad educativa o el organismo descentralizado según corresponda.
Independientemente que en varios
artículos abordaré diversidad de aristas
de esta Ley, es necesario plasmar trazos trascendentales de la misma, porque
deja en franca indefensión al magisterio nacional, con excepción de aquellos
que laboran en las universidades y demás instituciones a que se refiere la
fracción VII del artículo tercero constitucional, como si fueran catedráticos
excepcionales todos, en donde la eficiencia profesional fuera del 100%.
Parto del hecho que el Estado, como
patrón, tiene el legítimo derecho de implementar las reglas y condiciones con
que se llevarán las relaciones laborales con sus obreros (maestros). El quid sin embargo es ¿Qué tipo de condiciones y reglas, dado
que las que hoy operan, con todas las criticas que “”infames educadores”” como Televisa o televisión azteca vierten
(que lo son porque enseñan a través de sus pantallas y radio solo porquerías),
son resultado de las tesis revolucionarias que quedaran plasmados en el
artículo tercero de nuestra ley de leyes, asequibles a un modelo educativo
distinto al impulsado por los políticos neoliberales del PRI y del PAN que
llegaron a gobernar este país a partir de Miguel de la Madrid Hurtado.
Es decir, para que se comprenda bien,
que lo que Enrique Peña Nieto esta reformando hoy tanto de nuestra Carta Magna
como de leyes secundarias educativas, con la complacencia de diputados y
senadores de esos dos partidos y de varios del PRD, es, sin duda, el sentido
que José Vasconcelos, Antonio Caso, Pedro Henríquez, Alfonso Reyes, Enrique C.
Rébsamen, Vicente Lombardo y Lázaro Cárdenas le impregnaron para convertirla en
una educación
pública humanista, que apela, de entrada, a la perfectibilidad humana, indagando
en ella para propiciar el desarrollo de México y su pueblo, llevándolos a
estadios superiores de bienestar social.
Contra eso van estos políticos neoliberales
que han venido golpeando un día si y al otro también, por cuenta propia y con
mancebos como las televisoras, a la
educación surgida de nuestra revolución mexicana, bajo el pretexto de la
modernización, impulsando la educación
tecnócrata o eficientista, culpando al magisterio nacional de los efectos
de las políticas públicas neoliberales impulsadas por dichos gobiernos, como la
pobreza académica, la económica, la de salud, la habitacional, etc.
¡México es pobre, insalubre, tercermundista,
muerto de hambre por culpa de los maestros! y no del modelo económico adoptado e impulsado
por estos políticos de derecha, que no tienen llenadera y no solo quieren una ley laboral afín a los intereses de los
dueños de los instrumentos y medios de producción, sino una ley de amparo que proteja a la burguesía,
una reforma energética que beneficie
a los oligopolios extranjeros, un sistema
bancario que enriquece solo a sus dueños y ahora, un servicio profesional docente que forje generaciones para la
iniciativa privada, con mentalidad individualista, consumista, capitalista y nunca social, por
eso de que algún día pudiera tomar conciencia el proletariado de la lucha de
clases. Y quiera armar otra revolución, faltaba más.
Los impulsores de la reforma al
artículo tercero constitucional y de la Ley
General del Servicio Profesional Docente desaparecen, en la
práctica, o los reducen a su más minima expresión, a los sindicatos magisteriales
que se colocaran como simples observadores de la corredera de maestros de educación
básica y media superior, dado que los
artículos 64, 67 y 69 del proyecto de Ley precisan “”serán separados del servicio
sin responsabilidad para la autoridad
educativa o para el organismo descentralizado, y sin necesidad de que
exista resolución previa del Tribunal
Federal de Conciliación y Arbitraje, o sus equivalentes en las entidades
federativas””.
Si el magisterio nacional,
independientemente de los sindicatos a los que pertenezcan, no hacen conciencia
sobre el verdadero peligro de este proyecto de Ley y organizan la defensa
masiva de sus derechos laborales, más temprano que tarde serán despedidos
sin derecho laboral alguno (jubilación o indemnización), ya que en ningún
artículo del proyecto de Ley del Servicio Profesional Docente la autoridad
educativa precisa como serán las evaluaciones, sus contenidos, las formas de
calificarlas, estando siempre el maestro a merced de su patrón (el gobierno),
que si quiere mandar a la calle a miles y miles de maestros, le basta con
afirmar que no paso la evaluación, que por cierto, tendrá que aplicársele por
lo menos una, cada cuatro años. (Artículo 47 del proyecto de Ley).
La falta de espacio impide abundar
sobre este “garrote” que el gobierno federal pretende atizarle al magisterio
nacional. Pero termino diciendo ¿Qué
esperan los sindicatos en Veracruz para organizarse y salir a combatirla, de
manera pacifica pero enérgica, en unidad, todos, sin importar siglas?
Continuará….
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