lunes, 22 de abril de 2013

Ley General del Servicio Profesional Docente.


Ley General del Servicio Profesional Docente.

                                     Por Helí Herrera Hernández
                                               plazacaracol@hotmail.com
                                               Twitter: HELIHERRERA.es

            La madrugada de este domingo termine de leer el proyecto de la ley reglamentaria del artículo 3ero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que tiene como objeto establecer el Servicio Profesional Docente que precisa las bases para el desarrollo profesional del personal docente y con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado y sus organismos descentralizados.

         En ella fija los criterios, términos y condiciones de la evaluación obligatoria  para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia  en el Servicio Profesional Docente, y que aquel maestro que no la acepte será separado del servicio público, sin responsabilidad  para la autoridad educativa o el organismo descentralizado según corresponda.

         Independientemente que en varios artículos abordaré diversidad de  aristas de esta Ley, es necesario plasmar trazos trascendentales de la misma, porque deja en franca indefensión al magisterio nacional, con excepción de aquellos que laboran en las universidades y demás instituciones a que se refiere la fracción VII del artículo tercero constitucional, como si fueran catedráticos excepcionales todos, en donde la eficiencia profesional fuera del 100%.

         Parto del hecho que el Estado, como patrón, tiene el legítimo derecho de implementar las reglas y condiciones con que se llevarán las relaciones laborales con sus obreros (maestros). El quid sin embargo es ¿Qué tipo de condiciones y reglas, dado que las que hoy operan, con todas las criticas que “”infames educadores”” como Televisa o televisión azteca vierten (que lo son porque enseñan a través de sus pantallas y radio solo porquerías), son resultado de las tesis revolucionarias que quedaran plasmados en el artículo tercero de nuestra ley de leyes, asequibles a un modelo educativo distinto al impulsado por los políticos neoliberales del PRI y del PAN que llegaron a gobernar este país a partir de Miguel de la Madrid Hurtado.

         Es decir, para que se comprenda bien, que lo que Enrique Peña Nieto esta reformando hoy tanto de nuestra Carta Magna como de leyes secundarias educativas, con la complacencia de diputados y senadores de esos dos partidos y de varios del PRD, es, sin duda, el sentido que José Vasconcelos, Antonio Caso, Pedro Henríquez, Alfonso Reyes, Enrique C. Rébsamen, Vicente Lombardo y Lázaro Cárdenas le impregnaron para convertirla en una educación pública humanista, que apela, de entrada, a la perfectibilidad humana, indagando en ella para propiciar el desarrollo de México y su pueblo, llevándolos a estadios superiores de bienestar social.

         Contra eso van estos políticos neoliberales que han venido golpeando un día si y al otro también, por cuenta propia y con mancebos como las televisoras, a la educación surgida de nuestra revolución mexicana, bajo el pretexto de la modernización, impulsando la educación tecnócrata o eficientista, culpando al magisterio nacional de los efectos de las políticas públicas neoliberales impulsadas por dichos gobiernos, como la pobreza académica, la económica, la de salud, la habitacional, etc.

         ¡México es pobre, insalubre, tercermundista, muerto de hambre por culpa de los maestros!  y no del modelo económico adoptado e impulsado por estos políticos de derecha, que no tienen llenadera y no solo quieren una ley laboral afín a los intereses de los dueños de los instrumentos y medios de producción, sino una ley de amparo que proteja a la burguesía, una reforma energética que beneficie a los oligopolios extranjeros, un sistema bancario que enriquece solo a sus dueños y ahora, un servicio profesional docente que forje generaciones para la iniciativa privada, con mentalidad individualista,  consumista, capitalista y nunca social, por eso de que algún día pudiera tomar conciencia el proletariado de la lucha de clases. Y quiera armar otra revolución, faltaba más.

         Los impulsores de la reforma al artículo tercero constitucional y de la Ley General del Servicio Profesional Docente desaparecen, en la práctica, o los reducen a su más minima expresión, a los sindicatos magisteriales que se colocaran como simples observadores de la corredera de maestros de educación básica y media superior, dado que  los artículos 64, 67 y 69 del proyecto de Ley precisan “”serán separados del servicio sin responsabilidad  para la autoridad educativa o para el organismo descentralizado, y sin necesidad de que exista  resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, o sus equivalentes en las entidades federativas””.

         Si el magisterio nacional, independientemente de los sindicatos a los que pertenezcan,  no hacen conciencia sobre el verdadero peligro de este proyecto de Ley y organizan la defensa masiva de sus derechos laborales, más temprano que tarde serán despedidos sin derecho laboral alguno (jubilación o indemnización), ya que en ningún artículo del proyecto de Ley del Servicio Profesional Docente la autoridad educativa precisa como serán las evaluaciones, sus contenidos, las formas de calificarlas, estando siempre el maestro a merced de su patrón (el gobierno), que si quiere mandar a la calle a miles y miles de maestros, le basta con afirmar que no paso la evaluación, que por cierto, tendrá que aplicársele por lo menos una, cada cuatro años. (Artículo 47 del proyecto de Ley).

         La falta de espacio impide abundar sobre este “garrote” que el gobierno federal pretende atizarle al magisterio nacional. Pero termino diciendo ¿Qué esperan los sindicatos en Veracruz para organizarse y salir a combatirla, de manera pacifica pero enérgica, en unidad, todos, sin importar siglas?

         Continuará….  

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